Derechos de Autor

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Propiedad Intelectual

La propiedad intelectual es la rama del derecho más amplia que existe. En ella están incorporadas todas las creaciones humanas y los derechos que protegen a sus autores.

Se divide en dos partes: la propiedad industrial (donde están las patentes, los inventos, los diseños industriales y todas las marcas y signos distintivos) y el derecho de autor (donde entrarían las obras literarias, las películas, canciones, pinturas, dibujos e incluso la arquitectura). Aquí entrarían los derechos conexos (para incluir a los actores, cantantes, músicos y productores).

1. ¿Por qué proteger tus creaciones?

Si tu eres de las personas que innovan y que crean productos nuevos, generas de inmediato un derecho moral, que es inherente a su creación.

Sin embargo, no se puede proteger simplemente una idea porque no hay manera de demostrar quién la tuvo primero. Una vez que la invención o el artista vacía su idea en algún tipo de molde, de inmediato ejerce este derecho para protegerlo. ¿Y entonces para qué hacer el registro?

Pues porque un registro de derecho de autor ampara a su creador y le ayuda a explotar económicamente su creación con todas las de la Ley.

2. ¿Qué es y para qué sirve el registro de propiedad intelectual?

El registro de propiedad intelectual incluye:

  • Invenciones
  • Signos distintivos
  • Marcas de servicio y de fábrica
  • Circuitos integrados
  • Denominaciones y nombres comerciales
  • Indicaciones geográficas
  • Protección en contra de la competencia desleal

Se trata en general de símbolos y signos que dan a sus consumidores información valiosa en cuanto al valor del producto que se consume en el mercado.  Registrarlos ante la autoridad implica un trámite a través del cual demostramos que esta propiedad es nuestra.

3. ¿Qué es el registro de derechos de autor?

Consiste en dar de alta una creación o interpretación ante la ley para gozar de ciertas prerrogativas y privilegios que el Derecho concede a los creadores de obras que presentan individualidad y que nacen de una persona originalmente. Aquí cabe toda obra literaria, artística, musical y científica y de aquí nace un producto que llamamos canción, novela, partitura, interpretación, obras de arte, por ejemplo.

Ya que una obra ha sido registrada, los derechos de autor en México reconocen que los derechos morales pertenecen a su creador. A la vez, es posible ya hacer uso de los derechos patrimoniales, mediante los cuales el autor o un tercero (incluidos sus herederos y sus derechohabientes) pueden ser titulares de los derechos y explotar la obra.  Aquí ya se puede hablar de derechos de grabación, de reproducción, de comercialización y los pagos de regalías, por ejemplo.

Preguntas

¿Cuánto duran los derechos de un autor sobre su obra?

Los derechos morales le pertenecen toda su vida. Nacen con la creación de la obra y en México se conceden los derechos patrimoniales 100 años  después de que fallece el autor para que sus derechohabientes y herederos exploten la obra.  Si existen varios autores de una sola obra y esta ha sido registrada debidamente, los 100 años se cuentan a partir de la muerte del último autor. La ley federal favorece la explotación de estos derechos de autor y copyright por parte de los sucesores.

¿Qué incluyen los derechos morales de un autor sobre sus obras?

Aún en el caso de que no tengas registro de tus obras y si no has concluido con el trámite, el derecho moral que le pertenece al creador incluye un derecho de paternidad (para relacionar su nombre o seudónimo con las obras), un derecho de inédito o divulgación (para que elija mantener sus obras  inéditas o darlas a conocer a todos), un derecho de modificación (para que pueda modificar sus obras al gusto), un derecho de integridad (para que se oponga a que sus obras sean deformadas) y un derecho de retracto (para que sus obras dejen de circular si así lo quiere).

Estos derechos persisten en el caso de los autores fallecidos, de quienes puedes obtener un registro de derechos de autor México también.

¿Cómo se registran los derechos de autor de un libro?

Los derechos de autor en Mexico determinan que una obra literaria puede ser de ficción, como una novela o un cuento, pero también abarcan los libros técnicos, científicos y todo manual, sin importar su fin ni su valor.

Si queremos el registro de derechos de autor se deben de generar varios trámites frente al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). Por ejemplo, llenar los datos de la obra y decir si pertenece a una colección y si es derivada de una obra primigenia.

Los documentos que hay que llevar son aquellos que acreditan a la persona moral (si es ella quien lo registra) y al representante legal (si nuestro despacho te representa).

Luego hay que presentar dos ejemplares originales de las obras literarias y un documento que acredite que tienes los derechos patrimoniales sobre ella. Nuestro despacho puede ayudarte a conseguir un ISBN en el caso de los libros y un ISSN para las revistas.

¿Cómo registrar un seudónimo?

Un seudónimo es un nombre ficticio que puede usar uno o más autores como propio. Un seudónimo incluye los signos o las firmas que no revelan quién es el autor. Para ello hay que poner en dos sobres perfectamente sellados los datos reales que identifiquen ante el registro público al autor. Una vez realizados los trámites de registro, la ley federal protege al autor incluso bajo su seudónimo y el trámite de la obra tiene la misma legalidad.

¿Cómo se registran los derechos de autor de una canción?

La Ley Federal de Derechos de Autor, contempla la protección de obras musicales con y sin letra. La ley también contempla que la persona que participe en la realización de una obra musical en forma remunerada, tendrá el derecho al pago de regalías que se generen por la comunicación o transmisión pública de la obra, en términos de los Artículos 26 bis y 117 bis de esta Ley. Así que si eres autor de una obra musical, no dudes en registrar tu obra correctamente ante INDAUTOR para poder gozar de forma más sencilla de los beneficios que esta ley te otorga.

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