Impacto de los convenios internacionales en la protección global de propiedad intelectual.

October 15, 2025

Impacto-convenios-internacionales

En un panorama global donde la interconexión digital ha traspasado las fronteras de creación, la Propiedad Intelectual en nuestro país cada vez exige una protección más robusta que trascienda lo puramente nacional. Ante el desafío de asegurar correctamente los derechos de los autores, creadores, artistas, y empresarios para estar a la altura del mercado mundial, los convenios y tratados internacionales emergen como el andamiaje legal indispensable, ya que no solo se encargan de armonizar las legislaciones, si no que otorgan la garantía fundamental para que toda invención, obra, diseño o marca, gocen de una observancia efectiva y coherente a escala global.

Como principales antecedentes a esta modernización, los principales tratados internacionales del siglo XX son la adopción de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, son aquellos pioneros dentro de la historia internacional de la Propiedad Intelectual, ya que estos han desarrollado diversas características para la regulación de la materia en la Propiedad Intelectual en nuestro país.

Los convenios internacionales establecen estándares mínimos que todos los países firmantes deben respetar, y eso da seguridad jurídica a inventores, artistas y empresas que quieren crecer globalmente.

La importancia de los Convenios Internacionales

La propiedad intelectual, abarca su protección en el ámbito territorial. Tú, como creador, tienes la libertad de registrar un signo distintivo en todo el mundo; sin embargo, los convenios internacionales funcionan como aquellos antecedentes que establecen un marco común de requisitos mínimos base para obtener esa protección.

Podemos resumir el impacto que tienen en los siguientes pilares:

Adaptación a la legislación nacional

Para que un país decida suscribirse para formar parte de un Convenio, tiene como obligación modificar su legislación interna y adaptarse a los estándares acordados globalmente.

Dos conceptos fundamentales establecidos por los tratados clave potencian la protección global:

  • Principio del Trato Nacional: Exige que cada país contratante conceda a los nacionales de los otros países la misma protección que otorga a sus propios nacionales. Es decir, un inventor español debe recibir en Japón el mismo trato legal en PI que un inventor japonés.
  • Derecho de Prioridad (Convención de París): Este derecho permite a un solicitante que ha presentado una solicitud de patente o marca en un país miembro usar esa fecha como la fecha de prioridad al presentar solicitudes en otros países miembros, siempre que lo haga dentro de un plazo específico (generalmente 6 o 12 meses). Esto le brinda un tiempo crucial para preparar sus solicitudes en el extranjero, sin temer que una solicitud posterior de un competidor le quite la primacía.

Los Pilares del Sistema Global de PI

La protección global está estructurada en torno a acuerdos administrados principalmente por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC). Los más importantes son:

SISTEMA DE NACIONES UNIDAS
Convención de París para la Protección de la Propiedad Industrial       
Convención Universal sobre Derecho de Autor 
Convención sobre Propiedad Literaria y Artística          
Convención sobre la Protección Internacional de los Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de fonogramas y los Organismos de Radiodifusión
Arreglo de Lisboa, relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional  
Convención de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas del 9 de septiembre de 1886, completada en París en 1896, revisada en Berlín en 1908, completada en Berna en 1914, revisada en Roma en 1928 y en Bruselas el 26 de junio de 1948
Convenio para la Protección de los Productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas
Convención Universal sobre Derecho de Autor revisada en París el 24 de julio de 1971 
Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales (tratado sobre el registro de películas)    
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (pct) y su Reglamento
Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas
Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional de Patentes      
Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, del 31 de octubre de 1958, revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y modificado el 28 de septiembre de 1979 y su Reglamento
Arreglo de Locarno que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales          
Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas         
Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del procedimiento en Materia de Patentes
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor          
Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas       
Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales      
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso 
Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales         
SISTEMA INTERAMERICANO
Convención Interamericana sobre Derechos de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas          

En suma, los convenios internacionales en materia de propiedad intelectual representan mucho más que simples compromisos entre Estados: constituyen la columna vertebral del sistema jurídico global que protege la creatividad, la innovación y la identidad empresarial.

Gracias a ellos, los derechos de autores, inventores y titulares de marcas pueden trascender las fronteras nacionales con una protección uniforme, efectiva y previsible. México, como miembro activo de numerosos tratados multilaterales y regionales, ha fortalecido su marco normativo interno, adaptando su legislación a los estándares internacionales y garantizando que los creadores nacionales compitan en igualdad de condiciones con actores de todo el mundo.

En este escenario globalizado y digital, la convergencia de instrumentos como el Convenio de París, el Convenio de Berna, el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) o el Sistema de Madrid para el registro de marcas, permite que la propiedad intelectual funcione como un puente entre la innovación local y el reconocimiento internacional.

No obstante, la eficacia real de estos convenios depende de su correcta implementación, de la cooperación institucional entre países y, sobre todo, de que los titulares de derechos asuman una estrategia consciente y proactiva de protección.

En Concreta®, entendemos que cada creación representa esfuerzo, identidad y valor; por ello, nosotros te podemos acompañar en el proceso de registro de tu marca, obra o invención, asegurando que cumpla con los estándares nacionales e internacionales necesarios para su protección. Te podemos brindar asesoría personalizada para que tu propiedad intelectual esté debidamente registrada y reconocida, dentro y fuera de México.

Escrito por: Lic. Mariana Medrano Salazar

Abogada

Bibliografía:

Ramírez Becerra, Manuel. “La singularidad de los tratados sobre propiedad intelectual.” Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación). Tratados Internacionales con Carácter Especial: Propiedad Intelectual. https://www.scjn.gob.mx/tratados-internacionales/caracter-especial/propiedad-intelectual

En Concreta Legal estamos para orientarte en todo lo referente a tu registro de marcas, el uso de tu slogan y la protección de tus derechos de autor, a fin de que logres tomar una decisión informada y evitar cualquier trago amargo durante todo tu proceso.