¿Qué son las marcas evocativas?
April 22, 2022
En el mundo de los registros de marca se sabe que no todos los nombres pueden ser protegidos, existen características o elementos que están prohibidos por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) para su registro.
Los nombres, palabras o signos de uso común que pretendan describir los productos o servicios de la marca; números o colores aislados, indicaciones geográficas y nombres de personas “famosas” son solamente algunos de los elementos que estipula la Ley Federal de Protección a la Propiedad Intelectual (LFPPI) que no pueden ser registrables.
En esta ocasión hablaremos de los nombres evocativos y porqué estos no pueden ser registrados. Pero para poder entender esto explicaremos primero a qué se refiere la palabra “evocar” y como se relaciona con el registro de marcas.
¿Qué significa la palabra evocar?
Según la Real Academia Española (RAE) esta palabra tiene 3 distintos significados, uno de ellos es: traer algo a la imaginación por asociación de ideas. Un ejemplo de esto sería: ¿con qué relacionamos los corazones? Puede ser con el color rojo o con amor. En el tema de las marcas esto funciona un poquito diferente, porque se relacionan entre las clases de Niza y el nombre de la marca que se pretenda registrar.
¿Qué es una marca descriptiva?
Para ayudarnos a entender mejor esto, como ya hemos visto en anteriores artículos, uno de los errores más comunes al momento de crear el nombre de una marca es que este sea descriptivo, esto quiere decir que, por ejemplo, el giro de mi negocio es una taquería (giro que puede entrar en las clases 30 que refiere a los tacos como producto alimenticio o en la clase 43 de los servicios de restaurante), entonces decido ponerle como denominación “los tacos más ricos de México”, este nombre de marca cae totalmente en impedimento legal.
Primero, describe el producto que se pretende ofrecer, que son los tacos, indica una zona geográfica siendo este “México” y por último induce al error o al engaño para el consumidor, porque no podemos asegurar que sean “los tacos más ricos de México”. Como consecuencia no es posible el registro de esa marca, esta marca sería requerida y aunque se haga una buena defensa la probabilidad que el nombre de la marca sea negado es bastante alto.
Entonces, ¿qué es una marca evocativa?
Sabiendo el significado de la palabra evocar y qué es una marca descriptiva, podemos entender mejor que una marca evocativa es cuando el nombre de ésta, de manera indirecta por una asociación de ideas o conceptos, hace referencia al producto o servicio que se quiere ofrecer al público sin llegar al punto de describirlos. Como en el ejemplo anterior que literalmente menciona que se ofrecen “tacos” al público.
Estas marcas también se conocen como sugerentes o sugestivas, tal como lo dice su nombre, sugiere una relación entre el nombre de la marca y las características del producto o servicio que se pretende ofrecer. O sea, todo lo anterior quiere decir que esta relación es existente básicamente con la imaginación del consumidor.
Tomando el ejemplo anterior de las clases 30 de productos alimenticios y la 43 de servicios de restaurantes, imaginemos ahora que una persona trata de solicitar el registro del nombre de marca “el cocinero mexicano”; esta se convierte en una marca evocativa porque, si bien no describe en ningún momento el producto, a un cocinero lo podemos asociar de una manera indirecta con los restaurantes o con la comida en general.
Si ponemos otro ejemplo, una marca que se llame “burgers” no se puede registrar en la clase 43 de servicios de restaurante porque, aunque no sean productos los que se ofrezcan en esa clase, todo lo que tenga que ver con comida se relaciona con los restaurantes.
¿Existe alguna manera de tener un registro de marca que tenga algo descriptivo o evocativo?
Es bien sabido que para que se pueda otorgar un registro de marca el nombre debe ser distintivo, pueden ser palabras inventadas, nombres compuestos por otras palabras, palabras que no tengan que ver con los productos o servicios que se van a ofrecer, por ejemplo, un negocio de venta de joyería (clase 14 de Niza), pretende registrar el nombre de “agua de mar”, este es posible a registro ya que no tiene nada que ver con el giro de la marca.
El registro de una marca que contenga una palabra descriptiva o evocativa de los productos o servicios podría ser viable a registro únicamente si está acompañada de algún elemento distintivo, y se dice “podría” ser registrable, porque aun así existe la posibilidad de que sea requerida la marca, pero en estos casos el nombre de nuestra marca tiene más probabilidades de ser registrada con una buena defensa. También ayuda muchísimo que, si se agrega un logo, este haga más énfasis en las palabras distintivas que en las palabras descriptivas o evocativas.
Es muy importante saber que, aunque las marcas descriptivas nos ayudan a comprender las marcas evocativas, también se deben identificar las diferencias entre ellas, como que las marcas descriptivas son una manera directa de saber que productos o servicios se ofrecen en cambio las marcas evocativas su intención es indirecta.
Con todo esto que mencionamos nos damos cuenta de que la creación de marcas no es cosa fácil, son muchos los elementos que debemos tomar en cuenta para no arriesgar nuestra solicitud de registro de marca.
En Concreta® siempre insistimos en que acudan con expertos en la materia porque, aunque ya se tenga la noción de qué son estos tipos de marcas, no todos saben o pueden identificarlas. Nosotras al identificar una marca que recae en Impedimento Legal se lo hacemos saber al cliente y no solamente se lo hacemos saber, les explicamos el porqué es un Impedimento Legal, sugiriéndoles que se cambie el nombre o se agregue algo más que las distinga.
En Concreta Legal estamos para orientarte en todo lo referente a tu registro de marcas, el uso de tu slogan y la protección de tus derechos de autor, a fin de que logres tomar una decisión informada y evitar cualquier trago amargo durante todo tu proceso.